Discriminación basada en género

Dos meses con la misma ropa interior

Un juzgado en España reconoce que es discriminatorio entregar más cantidad de productos básicos de aseo y de ropa interior a hombres que a mujeres internas en un CIE.

  • País: España
  • Edición: 2017
  • Visitas: 2638
  • Tribunal: Juzgado de Instrucción No. 8 de las Palmas de Gran Canaria
  • Fecha de la decisión: 28/09/2016
  • Votos: 395

En España, en septiembre de 2016 dos juezas junto con varias organizaciones sociales y la Fiscalía realizaron una visita de inspección de las condiciones del Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) de Barranco Seco en Gran Canaria. En dicha visita constataron que no se les proporcionaba la misma cantidad de mudas de ropa que a los internos, así como tampoco compresas suficientes para los días de su periodo, ni ropa interior o productos suficientes de aseo e higiene íntima.

Los resultados de la inspección aparecieron en una resolución del Juzgado de Instrucción No. 8 de las Palmas de Gran Canaria en la que se reconoce que no otorgar a las mujeres la misma cantidad de ropa que a los hombres internos y no proporcionarles o restringirles el uso de útiles de aseo personal, constituye una forma de discriminación directa contra las mujeres y atenta contra la dignidad humana y los derechos fundamentales de las internas.

Entre otras medidas y para proteger la dignidad de las mujeres internas, el juzgado ordena que se entreguen mudas suficientes de ropa, incluida la ropa interior y útiles de aseo necesarios.

La resolución se encuentra disponible aquí.

Jueces y juezas que dictaron la decisión

Victoria Rosell

COMENTARIOS

  • Paula

    Ser mujer, migrante y sin papeles es estar sometida a triple discriminación. Si le añadimos el CIE, es difícil imaginar una situación peor.
  • Zulma Diaz

    Las mujeres todas tenemos derechos y debemos ser respetadas.

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